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Suspensión inmediata del Programa para Empresas en Desventaja

El 3 de octubre de 2025, el Departamento de Transporte de los Estados Unidos (DOT) publicó una norma definitiva provisional (IFR) DBE IFR publicada el 3 de octubre de 2025que modifica significativamente el Programa de Empresas en Desventaja (DBE) en virtud de las partes 23 y 26 del título 49 del Código de Regulaciones Federales (CFR).  Tal y como exigen las nuevas regulaciones federales, Long Beach Transit (LBT) suspende de inmediato su Programa de Cumplimiento de Objetivos DBE.

Los cambios clave en virtud de la NIIF son:

  • Eliminación de los prejuicios basados en la raza y el género:la elegibilidad para el programa DBE ya no incluye prejuicios automáticos de desventaja basados en la raza o el género.
  • Recertificación obligatoria: Todos los nuevos solicitantes y las antiguas empresas certificadas como DBE deben recertificarse con una entidad reconocida del Programa de Certificación Unificado (UCP) (en la región del sur de California, las entidades del Programa de Certificación Unificado de California (CUCP) incluirían Caltrans,LA Metroy laciudad de Los Ángeles) de acuerdo con las nuevas normas de certificación IFR.
  • Suspensión del establecimiento de objetivos y la contabilización de créditos para las empresas propiedad de minorías (DBE): No se establecerán nuevos objetivos para las DBE, y la participación de estas empresas no podrá contabilizarse para alcanzar los objetivos hasta que se complete la recertificación.

 

¿Qué significa esto para LBT?

Hasta que la UCP complete el proceso de recertificación:

  • Los objetivos de la DBE no pueden establecerse ni imponerse.
  • La participación en el DBE no puede contabilizarse para ningún contrato ni objetivo general.
  • No se requieren informes uniformes según el artículo 49 CFR § 26.21.
  • Se suspenden las revisiones de Funciones Útiles Comercialmente (CUF).

Impacto en los contratistas y subcontratistas actuales

  • No es necesario modificar los contratos existentes.
  • El crédito DBE queda suspendido para los trabajos realizados después del 3 de octubre de 2025.
  • Cualquier trabajo realizado después del 3 de octubre de 2025 no se tendrá en cuenta para los objetivos de DBE.
  • Las disposiciones de rescisión de la DBE en virtud del artículo 49 CFR § 26.53(f) siguen vigentes.
  • Los contratistas principales deben obtener el consentimiento por escrito de LBT antes de rescindir o reducir el alcance del trabajo de DBE.

Contratos de diseño y construcción

  • Los subcontratos DBE firmados antes del 3 de octubre de 2025 pueden continuar.
  • No se pueden aplicar nuevos objetivos DBE a las fases de diseño y construcción.
  • Las revisiones de CUF y los créditos DBE quedan suspendidos a partir del 3 de octubre de 2025.

Fabricantes de vehículos de tránsito (TVM)

  • Las TVM no están obligadas a actualizar los objetivos de DBE ni a presentar informes uniformes.
  • Los beneficiarios del FTA deben seguir consultando la lista de TVM elegibles antes de adjudicar contratos.
  • No es necesario presentar informes sobre vehículos de tránsito durante el período de recertificación.

Próximos pasos para las empresas que desean trabajar con LBT en el futuro

Para participar en futuros proyectos financiados con fondos federales:

  • Las empresas deben volver a certificarse según las nuevas normas IFR.
  • Los solicitantes deben presentar una narración personal y la documentación justificativa a las entidades del Programa de Certificación Unificado de California (CUCP):Caltrans,LA Metroo laciudad de Los Ángeles.

 

Si tiene preguntas sobre la recertificación de DBE o los requisitos federales de DBE, consulte:

Para obtener información específica sobre los próximos procedimientos de adquisición de LBT, puede ponerse en contacto con la Oficina de Cumplimiento Normativo y Derechos Civiles de Long Beach Transit en kkimber@lbtransit.com o al (562) 599-8564.